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Venta de inmueble en España

Cuando uno desea vender su vivienda y posiblemente adquirir otro, antes de nada es importante conocer el valor de su vivienda, para conocer tu situación económica.

Ofrecemos valoración de su vivienda gratuitamente y sin compromiso, te podemos guiar sobre la situación económica que supone la venta y sobre el proceso de venta cuyos puntos importantes son:

  1. Valoración

  2. Situación fiscal (vea más abajo)

  3. Información sobre Plus Valía

  4. Periodo de venta esperado

  5. Si hay que vender o comprar primero

Cuando tienes que vender

Te podemos ofrecer dos formas de vender su vivienda.

  1. Acuerdo de comisión en exclusiva

  2. Acuerdo de comisión normal

Recomendamos nuestro acuerdo de comisión en exclusiva, pues es la vía más eficaz para obtener una buena venta.

Nos da la posibilidad de prepara el material necesario para todo sobre su propiedad antes de ofrecerlo en venta.

La ventaja más importante es que la vivienda será ofrecida en venta a través de nuestra red de colaboradores, donde hay muchos agentes de distintas nacionalidades, esto hace que podemos obtener una venta más eficaz. Un trabajo de venta metódico, mayor marketing en revistas y periódicos, presentación de la vivienda en Internet y nuestra revista inmobiliaria “Tu Casa”, además de ubicación en nuestro escaparate. Así mismo te ofrecemos comunicación periódico sobre la situación de la venta.

También tenemos la posibilidad de colocar cartel de venta sobre la vivienda, si acordamos que pudiera ser conveniente.

Siempre estamos presentes cuando hacemos una visita con el cliente, tanto si es un cliente nuestro o un cliente de uno de nuestros colaboradores.

Nos hacemos cargo de la negociación con el cliente. No te dejamos solo con diversos agentes cuyo único fin es vender tu propiedad antes de que lo haga otro. Esto a menudo significa que te ofrecen una oferta sobre tu vivienda, que nos te mereces, pero que puedes sentirte obligado a aceptar.

Comprador propio

Para nuestro acuerdos de comisión en exclusiva tenemos el convenio que si tu encuentras el comprador, nosotros nos encargamos de negociar con el y prepara la documentación como en una venta normal pero a mitad de nuestro honorario.

Como a menudo hablamos de tratos con valores importantes, no es sin importancia como será tratado y quien vaya a administrar estos valores. Estamos convencidos de que nuestro concepto el la correcta y con nuestros más de 25 años de experiencia, podemos ofrecerte un trabajo de venta serio y eficaz.

También hacemos acuerdos de comisión normal pero como arriba mencionado no estamos convencidos que sea la mejor forma de obtener una venta eficaz.

La venta

Cuando hemos concluido una venta te vamos a presentar una oferta firmado por el cliente. Si aceptas la oferta procederemos con la redacción del contrato de compraventa.

Después de la venta

  • Siempre estamos presentes en la notaria para asegurarnos de que la firma sea según acordada y los pagos sean efectuados.

  • Nos encargamos de hacer cambio de titular en los distintos recibos, para que no te llegue un recibo que no te corresponde pagar.

  • Hacemos prorrateo de los gastos a compartir.

  • Nos encargamos de que las retenciones sean depositados correctamente.

Estamos a tu lado durante todo el proceso para asegurar que todo marcha bien.

Plus Valía es un impuesto municipal que se paga sobre el incremento del valor del terreno que se vende, varia según el municipio, la ubicación y el tiempo que uno haya tenido el inmueble. Por ley el vendedor debe pagar la Plus Valía, y procuramos obtener la cantidad a pagar antes de concretar la venta.

Impuesto patrimonial sobre el beneficio, es calculado sobre el precio de venta (en escritura) del inmueble restado la suma de compra (en escritura) de la compra. Se pueden deducir los gastos documentados de la compra, gastos documentados sobre obras de mejora del inmueble, y gastos de la venta.
          Si uno ha tenido el inmueble mas de 10 años contados hacia atrás desde 1996, el beneficio sobre la venta esta exenta de impuestos o parcialmente exenta dependiendo de los años que se haya tenido el inmueble antes de esa fecha. Hay condiciones especiales para mayores de 65 años y personas residentes.
          Los residentes pueden reinvertir el dinero de la venta durante el año de venta + 12 meses y así estar exento de la obligación de impuestos patrimoniales. ¿Algo confuso? ¡PREGÚNTENOS!

Si el vendedor no es residente en España, el comprador esta obligado a retener y pagar un 3% del precio total de la venta (en escritura) a la Hacienda Publica. Estos 3% entran en la liquidación final arriba mencionado.
          Si el beneficio es menor del 3% abonado, la Hacienda Publica hace una liquidación y abonara la diferencia a la cuenta bancaria indicado a favor del vendedor o a su representante fiscal.
          A parte del beneficio, la Hacienda Publica también comprueba si el vendedor haya hecho las declaraciones patrimoniales anuales, en caso negativo, también entraran en la liquidación final. El porcentaje del impuesto fiscal es actualmente el 18%.
          Siempre estas bien venido a consultarnos sobre cualquier duda que pueda tener sobre la venta de su vivienda.